Suspenden proceso de elección de jueces y magistrados en el PJF

El Comité de Evaluación del Poder Judicial acata medida cautelar emitida por un juzgado federal.

El Comité de Evaluación del Poder Judicial de la Federación (PJF) informó el 7 de enero de 2025 la suspensión inmediata del proceso electoral extraordinario para la designación de jueces y magistrados correspondiente al periodo 2024-2025. La decisión responde a una medida cautelar dictada por el Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Michoacán, dentro del incidente de suspensión 1074/2024, derivado de un juicio de amparo presentado contra reformas constitucionales y legales en materia judicial.

Razones legales detrás de la suspensión

La medida cautelar se fundamenta en las modificaciones derivadas del Decreto de reformas, adiciones y derogaciones a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y leyes secundarias asociadas. Dichas reformas introdujeron cambios significativos en los procesos de selección y nombramiento de jueces y magistrados, lo que ha generado controversias legales y una oleada de juicios de amparo por parte de integrantes del Poder Judicial.

Las reformas son señaladas por su impacto directo en los procedimientos establecidos, afectando la ejecución del proceso electoral extraordinario. La suspensión, emitida como medida precautoria, obliga al Comité de Evaluación a detener todas las actividades relacionadas hasta que la resolución judicial indique lo contrario.

Plazo de 48 horas para acatar la medida

El Comité, integrado por los magistrados Wilfrido Castañón León, Mónica González Contró, Emma Meza Fonseca, Hortencia María Emilia Molina de la Puente y Luis Enrique Pereda Trejo, deberá confirmar la suspensión en un acuerdo administrativo en las próximas 48 horas. Este acuerdo será publicado en el portal del Consejo de la Judicatura Federal y notificado al Juzgado Primero de Distrito en Michoacán.

Además, el documento será remitido a la Escuela Federal de Formación Judicial para su conocimiento. La resolución establece que el incumplimiento podría derivar en sanciones legales, incluyendo multas económicas que ascienden a $107,570 pesos, según lo estipulado en los artículos 237 y 259 de la Ley de Amparo.

Prohibiciones en el marco de la suspensión

Mientras la medida siga vigente, el Comité tiene prohibido realizar cualquier acto relacionado con la evaluación, publicación de listas de aspirantes o nombramientos derivados del proceso electoral extraordinario. Esta restricción incluye la ratificación o designación de jueces y magistrados.

El Comité subrayó que el mandato judicial es vinculante, en atención a los principios constitucionales de legalidad y acatamiento. Asimismo, se enfatizó que no se permitirá la realización de actividades que contravengan lo dispuesto por la medida cautelar.

Un precedente para la autonomía judicial

Esta decisión marca un punto clave en la relación entre el marco constitucional, las reformas legales y la autonomía del Poder Judicial en México. Al suspender el proceso electoral extraordinario, el Poder Judicial se encuentra en espera de la resolución de fondo, que determinará si las reformas en cuestión son aplicables a los procedimientos actuales.

El presidente del Comité, magistrado Wilfrido Castañón León, destacó la importancia de respetar las disposiciones judiciales, asegurando que la suspensión es un acto de acatamiento que refleja el compromiso del Poder Judicial con el orden constitucional.