Este lunes, durante una sesión privada, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó a todos los tribunales del país suspender la resolución de amparos relacionados con la prisión preventiva oficiosa, establecida en el artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM). La ministra Lenia Batres explicó que esta decisión busca proporcionar seguridad jurídica a personas con procesos pendientes y prevenir fallos contradictorios antes de que el máximo tribunal del país defina un criterio definitivo sobre la materia.
La ministra Batres anunció la medida precautoria a través de un comunicado, señalando que la suspensión es esencial mientras la SCJN resuelve varios juicios constitucionales que determinarán los alcances de la prisión preventiva oficiosa. “Hoy ganó una posición razonable en el Pleno de la SCJN, para suspender las resoluciones de amparos sobre prisión preventiva oficiosa en tanto el pleno de la SCJN resuelva un criterio definitivo”, celebró Batres en su cuenta de X.
Asimismo, Batres subrayó que todos los asuntos que tengan como tema sustantivo el estudio de fondo de la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa deben seguir el supuesto establecido al resolver la contradicción de tesis 293/2011, la cual define la relación entre las convenciones internacionales en materia de derechos humanos firmadas por México y la Constitución.
Contexto de la Prisión Preventiva Oficiosa
El artículo 19 de la CPEUM estipula que las personas acusadas de delitos de alto impacto deben llevar su proceso en prisión preventiva para garantizar su comparecencia en juicio, prevenir fugas y salvaguardar la seguridad de las víctimas. La controversia en torno a esta medida ha suscitado intensos debates en el ámbito judicial y político.
En abril pasado, la titular de la Secretaría de Gobernación (Segob), Luisa María Alcalde, advirtió que la eliminación de la prisión preventiva podría resultar en la liberación de 68,000 presuntos delincuentes acusados de homicidio, secuestro, violación, entre otros delitos graves. Un mes después, el presidente Andrés Manuel López Obrador instó a la SCJN a reconsiderar la eliminación de esta medida, argumentando que su abolición significaría impunidad y reflejaría una postura cínica y descarada por parte del máximo tribunal.
La decisión de la SCJN de suspender los amparos hasta definir un criterio definitivo subraya la complejidad y la trascendencia de este debate jurídico, en el que están en juego tanto la protección de los derechos humanos como la seguridad pública.