La Suprema Corte de Justicia de la Nación anuló las sanciones automáticas contra candidaturas beneficiadas por actos del crimen en Chihuahua. La decisión obliga a probar una conducta personal antes de cancelar un registro, mantiene castigos cuando exista responsabilidad directa y exhibe fallas de una reforma electoral que ya no podrá corregirse a tiempo para el proceso que inicia este 1 de octubre.
Por qué la Corte frenó el castigo automático
El pleno resolvió el 29 de septiembre las acciones de inconstitucionalidad 96/2026 y sus acumuladas 97/2026, 99/2026 y 103/2026, promovidas por Morena, una minoría del Congreso local y la Comisión Estatal de Derechos Humanos. Por mayoría, invalidó la pérdida del derecho a ser registrado o la cancelación de una candidatura como consecuencias automáticas frente a infracciones relacionadas con delincuencia organizada, violencia o financiamiento ilícito.
El criterio no declara intocables a quienes participen en esas conductas. La mayoría consideró que la reforma aprobada por el Congreso de Chihuahua impedía individualizar la sanción y no distinguía entre niveles de gravedad. Según la comunicación oficial de la Suprema Corte, la legislación debía respetar los principios de legalidad, culpabilidad y proporcionalidad.
También quedó invalidada la regla que atribuía responsabilidad a una candidatura por el solo hecho de obtener un beneficio objetivo de actos ejecutados por terceros. La crónica de El Financiero precisa que, para imponer una sanción, tendrá que acreditarse una conducta irregular atribuible a la persona aspirante, precandidata o candidata.
Qué castigos siguen vigentes ante la intervención criminal
El fallo no borró todo el blindaje electoral. La Corte mantuvo las sanciones cuando la persona candidata incurra directamente en actos de violencia, fuerza armada, intimidación, amenaza, coacción, financiamiento o presión sobre el proceso. También subsiste la nulidad de una elección por hechos delictivos permanentes o sistemáticos, siempre que sean graves, dolosos y determinantes para el resultado.
La distinción es central: beneficiarse de una acción ajena no bastará por sí mismo para perder la candidatura, pero participar o tener responsabilidad comprobada sí podrá generar consecuencias. Yasmín Esquivel fue la única ministra que votó contra la invalidez de la cancelación automática; sostuvo que la gravedad de las conductas justificaba conservarla, de acuerdo con el reporte de La Jornada.
La decisión llega mientras el sistema electoral se prepara para renovar 17 gubernaturas en 2027. El INE asumirá los conteos rápidos de esos comicios, incluido Chihuahua, lo que eleva la exigencia de reglas claras para sancionar cualquier presión criminal sin vulnerar la presunción de inocencia.
La reforma de Chihuahua quedó incompleta para 2027
La Corte detectó además que el Congreso estatal omitió incorporar de forma integral las causales constitucionales de nulidad por nepotismo e injerencia extranjera. Ordenó legislar, pero las correcciones no podrán aplicarse al proceso que comienza el 1 de octubre porque las modificaciones electorales deben publicarse al menos 90 días antes. En términos prácticos, el error legislativo pospone parte del nuevo marco hasta el siguiente ciclo electoral.
La gobernadora Maru Campos acusó a Morena de acudir a la Corte para derribar el “blindaje” contra el crimen. La resolución, sin embargo, no siguió una lógica de todo o nada: conservó sanciones por responsabilidad directa y la nulidad por intervención delictiva grave, pero eliminó consecuencias automáticas que no exigían probar la participación de la candidatura. Esa precisión deberá reflejarse en la reforma correctiva y en la actuación de las autoridades electorales.
El fallo también coloca bajo escrutinio a la nueva integración del tribunal, que un día antes reconoció un rezago de 1,479 expedientes pendientes. En este caso, la rendición de cuentas tendrá dos frentes: el Congreso de Chihuahua deberá explicar cómo subsanará la omisión y la Corte tendrá que publicar con claridad el engrose, los alcances y los votos particulares. Sin reglas precisas, el combate a la influencia criminal puede terminar en sanciones arbitrarias o, en el extremo contrario, en vacíos difíciles de corregir durante una campaña.







