El Tribunal de Disciplina Judicial tenía programada este 8 de octubre de 2026 la comparecencia de Martha Eugenia Magaña, jueza federal en retiro que concedió en 2024 la primera suspensión contra el trámite de la reforma judicial. El procedimiento puede terminar en inhabilitación o una denuncia penal y pone bajo escrutinio los límites del nuevo órgano disciplinario.
Tribunal de Disciplina revisa una decisión judicial
Magaña fue titular del Juzgado Quinto de Distrito en Morelos. El 30 de agosto de 2024 admitió el amparo indirecto 1251/2024, promovido por cuatro personas juzgadoras, y ordenó detener provisionalmente la discusión de la reforma mientras se resolvía el fondo. La Cámara de Diputados ignoró la medida y aprobó el cambio constitucional impulsado por el entonces presidente Andrés Manuel López Obrador.
La Consejería Jurídica de la Secretaría de Gobernación presentó una queja administrativa. De acuerdo con la reconstrucción de El País, el extinto Consejo de la Judicatura Federal la desechó inicialmente al considerar que un criterio jurisdiccional debía combatirse mediante recursos judiciales. Una comisión del propio Consejo revirtió después esa decisión y el expediente pasó al nuevo Tribunal de Disciplina.
La audiencia fue convocada para las 10:00 horas en la sede de Insurgentes Sur 2417, en Ciudad de México. Animal Político informó que Magaña comparecería a distancia desde España y que personas juzgadoras en activo y retiro llamaron a una protesta de respaldo. Al cierre de esta nota no se había difundido una resolución pública.
La defensa cuestiona una posible sanción por criterio
La Comisión de Investigación atribuyó a la exjueza una posible falta grave por “notoria ineptitud o descuido”. Entre sus argumentos señaló que Magaña no debió considerar urgente el asunto durante el paro judicial y que tenía un interés personal porque la reforma afectaba su cargo.
La defensa responde que el 30 de agosto de 2024 todavía no existía una reforma constitucional aprobada y que los lineamientos del paro permitían a cada juzgador decidir qué asuntos eran urgentes. También sostiene que las resoluciones judiciales deben revisarse por las vías de impugnación previstas en la ley, no mediante castigos administrativos.
Ese debate tiene un antecedente relevante. En 2025, la Suprema Corte estableció que las suspensiones dictadas por jueces de amparo sólo podían ser confirmadas, modificadas o revocadas por tribunales colegiados o por la propia Corte. La decisión no resuelve automáticamente la responsabilidad de Magaña, pero delimita quién puede revisar el contenido de una suspensión.
El caso mide la independencia del nuevo tribunal
El informe oficial del Tribunal de Disciplina reporta 1,167 asuntos heredados del antiguo Consejo y cientos de expedientes nuevos. Medios que consultaron su balance anual señalan que 75 servidores judiciales recibieron 95 sanciones firmes y que otros 173 enfrentan procedimientos.
La transparencia será central. El tribunal deberá explicar con precisión si reprocha una conducta administrativa separable del criterio jurídico, publicar la motivación de su resolución y aclarar las reglas de recusación. El País documentó que Celia Maya, actual presidenta del órgano, participó en la comisión del Consejo que permitió reactivar la queja, un antecedente que vuelve indispensable transparentar quiénes intervienen en la decisión final.
El expediente aparece además en medio de la discusión sobre los ajustes pendientes de la reforma judicial y del debate por las nuevas facultades disciplinarias. También conecta con el alcance de decisiones recientes de la Suprema Corte sobre límites al poder público. Más allá del desenlace individual, la resolución mostrará si el nuevo sistema distingue entre combatir abusos y castigar decisiones jurisdiccionales incómodas.







